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Ya seas un particular, una empresa o una asociación, estaremos encantados de recibir tu contribución por pequeña que sea. Toda ayuda es necesaria.
Esta aportación se destinará íntegramente a los programas que llevamos a cabo para mejorar la calidad de vida de las personas con enfermedad mental y sus familias.
Si tributas en Bizkaia, tu donación a AVIFES puede darte derecho a una deducción fiscal del 45% del importe aportado.
AVIFES ha sido declarada Actividad Prioritaria de Mecenazgo en el ámbito del Tercer Sector Social del Territorio Histórico de Bizkaia, de conformidad con la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
De acuerdo con esta normativa, las personas contribuyentes del IRPF en Bizkaia pueden deducirse el 45% de las cantidades donadas a actividades declaradas prioritarias, con el límite del 35% de la base imponible.
Nota: Esta información se refiere a personas que tributan conforme a la normativa foral de Bizkaia. Si tributas en otro territorio, la deducción aplicable puede ser diferente.
¿Y si no tributo en Bizkaia?
La deducción fiscal de los donativos depende de la residencia fiscal de la persona donante.
En territorio común, el régimen estatal prevé una deducción del 80% sobre los primeros 250 € donados, del 40% sobre el resto, y del 45% sobre el exceso de 250 € en caso de donaciones recurrentes a la misma entidad.
